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Cunit gestionará los residuos de poda, colchones y voluminosos de la comarca.

 

El día 4 de Mayo todos los miembros del Consell Comarcal del Baix Penedés visitaron el Parque Medio ambiental de Cunit, antes de rubricar una convenio con el Ayuntamiento de Cunit para la gestión de los residuos de poda y voluminosos en la comarca.
Visita al Parque Medio Ambietal


Se espera que en los próximos días el Ayuntamiento y la empresa ECOBP SL formalicen este acuerdo con la firma del convenio de colaboración, que reportará beneficios para Cunit y la comarca en general.


El Primer Teniente Alcalde Cunit i conseller, José Barquier ha sido el percusor de este acuerdo y la persona que encabezo la visita, mostrando la capacidad del parque medio ambiental.
Los residuos admitidos previa separación serán vegetales de poda y voluminosos, que engloban runa, colchones, madera, metálicos etc... una vez recepcionados estos serán triturados y transportado a las plantas de tratamiento.

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Enmienda a la proposición no de ley contra la discriminación salarial femenina PDF Imprimir E-mail
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Enmienda contra la discriminación salarial femenina

Congreso de los diputadosEl Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a  la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista sobre un estudio para de la discriminación salarial para su debate en la Comisión de Igualdad.

 

ENMIENDA DE ADICIÓN

 Se añade el siguiente párrafo:

 

“Hacer efectivas las medidas aprobadas el pasado 6 de mayo en la proposición no de ley 161/000547 del Grupo Parlamentario Popular  contra la discriminación salarial femenina, que consisten en:

 

-“Potenciar la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, referida al control y fiscalización de la discriminación por razón de sexo, respetando las competencias que en esta materia tenga las Comunidades Autónomas y en coordinación con ellas junto al examen de los sistemas de retribución salarial y de promoción profesional dentro de las empresas. Asimismo, dentro del Plan de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se incremente e intensifique el número de dichas actuaciones.

 

Incluir la correspondiente información y evaluación de los resultados alcanzados en materia de igualdad de género en el ámbito laboral en el informe periódico que, sobre el conjunto de actuaciones realizadas, deberá ser remitido a las Cortes Generales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica 3/2007, de 23 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

 

- Intensificar la vigilancia y aplicación del régimen de sanciones económicas establecido en el Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, a aquellas empresas que no cumplan el principio de igualdad en función de los resultados de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, junto al control de la denegación de subvenciones y ayudas y, en su caso, la pérdida de las bonificaciones y ayudas que procedan para las empresas que hayan cometido infracciones relacionadas con la discriminación salarial de las mujeres”

 

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